ASPECTOS LEGALES DE LA GESTACIĆN SUBROGADA
- NuƱo Merino Melgosa
- 30 may 2024
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 25 jun 2024

La maternidad subrogada siempre ha generado un intenso debate debido a sus ramificaciones éticas y legales. A pesar de estar prohibida en España, en naciones como Estados Unidos y Ucrania, su prÔctica es cada vez mÔs común, al punto de que se ha convertido en una fuerte fuente de ingresos.
Este método de reproducción asistida, conocido también como vientre de alquiler, posibilita que individuos o parejas se conviertan en padres sin pasar por el proceso de gestación. El procedimiento implica la transferencia del material genético a una gestante, quien, tras un acuerdo contractual, lleva a cabo la gestación, generalmente mediante fecundación in vitro.
Tras el nacimiento, el infante es entregado a quienes contrataron el servicio, quienes se convierten en sus padres legales de manera inmediata.
En nuestro paĆsĀ la maternidad subrogada es ilegal, tal como lo establece el ArtĆculo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre tĆ©cnicas de reproducción humana asistida. La legislación declara nulos los contratos que estipulan la transferencia de filiación de la gestante a terceros, siendo la mujer que da a luz la madre legal del niƱo. La prohibición busca salvaguardar los derechos de las mujeres y menores involucrados. La Ley OrgĆ”nica 1/2023, de 28 de febrero, califica la maternidad subrogada como violencia contra la salud sexual y reproductiva femenina. La ONU tambiĆ©n seƱala la vulnerabilidad de los menores nacidos bajo esta modalidad frente a la violación de sus derechos.
Aquellos que optan por la maternidad subrogada suelen hacerlo en el extranjero, donde la prĆ”ctica es legal y estĆ” regulada. En EspaƱa, la filiación se establece naturalmente o por adopción. Para los nacidos fuera del paĆs mediante maternidad subrogada, se les reconoce legalmente a los contratantes como padres, y se les otorga un documento judicial que lo certifica.
Al regresar a EspaƱa, el menor puede ser registrado en el Registro Civil, conforme al ArtĆculo 113 de la Ley 11/1981, de 13 de mayo. El Tribunal Supremo insiste en que todos los menores deben disfrutar de iguales derechos, incluyendo a los nacidos en el extranjero por vientre de alquiler.
La maternidad subrogada es una opción para quienes no pueden concebir de forma natural, aunque conlleva altos costes al realizarse en el extranjero. Como alternativa legal en EspaƱa, estĆ” la adopción, un proceso sin coste que requiere cumplir ciertos requisitos y cuya duración varĆa segĆŗn la comunidad autónoma.
En resumen, la maternidad subrogada es un asunto complejo y actualmente ilegal en España, aunque no se descarta la posibilidad de una futura regulación legal.
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